COMO INICIAR ACTIVIDADES ANTE EL SII

Como iniciar actividades ante el SII es una pregunta que todo emprendedor se formula al comenzar su negocio. Te contamos a continuación, paso a paso, como puedes realizar este trámite, ya sea de manera presencial o en el sitio web del servicio.

¿Qué es la iniciación o inicio de actividades?

El inicio de actividades es una declaración jurada que se realiza ante el Servicio de Impuestos Internos, informando que se comenzó cualquier tipo de negocio o labor que pudiera generar ingresos y ventas sujetos a impuestos.

¿Cuál es el plazo para iniciar actividades?

El plazo que tiene todo contribuyente para dar aviso de Inicio de Actividades, incluidas las sociedades, es dentro de los dos meses siguientes a aquel en que se efectúe cualquier acto de comercio u operación que se constituya en un elemento necesario para la determinación de los impuestos periódicos que afecten a la actividad que se desarrollará, o que genere impuestos según lo dispuesto en el artículo 68 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario.

Por ejemplo, si un contribuyente inicia sus actividades el día 1 de enero de 2020, tiene plazo para dar el respectivo aviso ante el SII hasta el 31 de marzo de 2020, independiente de la fecha de constitución de la sociedad.

inicio de actividades ante el sii

¿Se puede iniciar actividades fuera de este plazo?

Se puede iniciar actividades después de este plazo, pero ello es sin perjuicio de que la persona o contribuyente pueda ser sancionada por el SII, si la fecha real y efectiva en que ha iniciado la actividad económica que declara excede el plazo contemplado para ello en el Artículo 68 ya mencionado.

¿De que forma se puede iniciar actividades?

Hay dos maneras de realizar este trámite: Online (Internet) o en las Oficinas del SII, a elección del contribuyente.

Pero, si lo hace fuera del plazo de dos meses mencionados anteriormente, debe necesariamente hacerlo en las oficinas del SII.

¿Y qué pasa con los extranjeros? ¿Pueden iniciar actividades en Chile?

Si pueden. Para esto deben contar con:

          a)  Cédula de Identidad de Extranjero obtenida en Chile.

         b)  Visa de residencia que le permita iniciar negocios o labores en el país, susceptibles de producir rentas de Primera o Segunda Categoría de la Ley de la Renta.

        c)   Haber sido incorporado en las bases de datos del SII.

         d)   Contar con clave secreta.

Una vez obtenida la clave secreta, podrá Iniciar Actividades de segunda categoría vía Internet.

El inicio de actividad en 1ra y 2da categoría puede realizarlo en Oficinas de SII correspondiente a su domicilio presentando el Formulario 4415.

En otros términos, si se trata de un extranjero que solo tiene visa de turista, o que solo cuenta con Rut provisorio (por ejemplo, para pago de cotizaciones previsionales) que no tiene cédula de identidad de extranjero en Chile (Rut definitivo) o autorizada su permanencia definitiva en el país, no puede iniciar actividades.

Sin embargo, sí puede hacer negocios en el país, formando sociedades y adquiriendo bienes, pero para efectos tributarios deberá contar con un representante o socio legalmente facultado para hacer inicio de actividades ante el SII.

INICIO DE ACTIVIDADES EN LAS OFICINAS DEL SII.

 

Para ello, debes concurrir a la oficina de fiscalización del Servicio correspondiente al domicilio en que se encuentre su casa matriz.

Por lo anterior, el SII recomienda señalar como casa matriz el domicilio en donde se desarrollará una parte relevante de la actividad económica declarada.

En dicha instancia administrativa, deberás contar con los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad.
  • Acreditación de domicilio, según el detalle que se indicará más abajo.
  • Formulario 4415, en formato papel, que proporciona el mismo Servicio en sus oficinas y cuyo llenado es asistido por los funcionarios del SII.
inicio de actividades en oficinas sii

ACREDITACIÓN DE DOMICILIO ANTE EL SII

¿Quiénes deben acreditar domicilio?

  1. Contribuyentes afectos a impuestos de Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (boletas de honorarios),
  • Personas naturales dedicadas al transporte de pasajeros y organismos del Estado:
  • Estas personas sólo deben acreditar el domicilio de las sociedades de profesionales que presten, exclusivamente, servicios o asesorías profesionales, que opten por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • Los demás contribuyentes no requieren acreditar su domicilio o el de sus sucursales, si es que las tuvieran.
  • Contribuyentes afectos a impuestos de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (comercio, producción, agricultura, transporte, servicios y, en general, actividades afectas a IVA): deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad y presentar (según corresponda) alguno (solo uno, no todos) de los siguientes antecedentes:

Inmueble propio del contribuyente o de alguno de los socios (en caso de personas jurídicas u otros entes):

  • Certificado de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces.
  • Original del certificado de avalúo a nombre del contribuyente.
  • Original de escritura de compra y venta.
  • Original de la Factura de Compra del inmueble, emitida por la empresa constructora.
  • Carta firmada por el representante de la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la respectiva persona, y que se encuentran en proceso de perfeccionamiento los títulos definitivos.

Inmueble arrendado:

  • Se debe presentar el contrato de arriendo (a nombre del contribuyente o de alguno de los socios, en el caso de personas jurídicas y otros entes).
  • Si usted emitirá documentos con derecho a Crédito Fiscal de IVA; es decir, facturas u otros documentos, tales como Notas de Débito, Notas de Crédito o Guías de Despacho, el contrato deberá estar firmado ante notario, ministro de fe del SII u oficial del Registro Civil (donde no exista notario).
  • En caso de arrendamiento con opción de compra (leasing), presentar original del contrato.

Los contratos de arrendamiento deben estar firmados por:

  • Los propietarios.
  • Los mandatarios, a quienes el propietario haya conferido poder suficiente.
  • Los arrendatarios autorizados para subarrendar, debiendo, en estos casos, exhibir el contrato de arrendamiento respectivo.
  • Corredores de Propiedades que cuenten con órdenes o mandatos de los propietarios.
  • Representantes de empresas inmobiliarias y/o constructoras, demostrando (original o copia legalizada) que son los representantes.
  • El representante designado por la unanimidad de los miembros de una comunidad o sucesión (original o copia legalizada). Si el nombramiento de un representante no es posible por motivos de fuerza mayor, el Jefe de Grupo o Jefe de la oficina del SII resolverá tal situación.
  • No servirán para acreditar domicilio los contratos que tengan alguna cláusula que exprese que el inmueble, dado en arrendamiento, no puede ser destinado a actividades comerciales.

Inmueble cedido

  • Autorización escrita ante notario u oficial del Registro Civil (cuando no exista notario), del propietario o arrendatario para realizar la actividad declarada.
  • Acompañar, además, el original (o fotocopia autorizada ante notario) de la cédula de identidad de quien otorga la autorización.
  • Si el cedente es arrendatario del inmueble, se deberá demostrar tal calidad, según lo descrito en el punto anterior (inmueble arrendado).
acreditacion domicilio ante sii
  • Personas naturales que deseen desarrollar las actividades específicas detalladas a continuación, deberán presentar, además, lo siguiente:
  • Transportistas de pasajeros o carga para terceros. Si el o los vehículos son propios, presentar alguno (solo uno, no todos) de los siguientes antecedentes:
  • Contrato de compraventa autorizado por notario u oficial del Registro Civil (cuando no exista notario).
  • Factura de Compra.
  • Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a nombre del contribuyente, de una antigüedad no superior a 30 días (contados desde su emisión).
  • Si los vehículos son explotados como arrendatario, usufructuario o a cualquier otro título:

Original o copia autorizada por notario del contrato respectivo, acreditando, de la manera indicada en el párrafo anterior, que quien cede los derechos sobre el vehículo es el propietario, arrendatario o usufructuario.

  • Transporte aéreo:
  • Certificado de matrícula de la aeronave, que acredite la inscripción en el Registro Nacional de Aeronaves.
  • Transporte marítimo, transporte lacustre y fluvial.
  • Certificado de Matrícula de la nave en el Registro Nacional de naves mayores o menores, dependiendo del número de toneladas de la misma, emitido por la Dirección General del Territorio Marítimo, en el caso de las naves mayores y ante la Capitanía de Puerto, en el caso de naves menores.
  • Las personas que desarrollen actividades mineras deberán (según el caso):
  • Acreditar que son propietarios o usufructuarios de la pertenencia minera, con un certificado de su correspondiente inscripción en el Conservador de Minas.
  • Si son arrendatarios, deben demostrar su calidad con el contrato de arriendo de la pertenencia (con fecha de término superior a seis meses a contar de la presentación al SII) suscrito ante notario u oficial del Registro Civil (cuando no exista notario), o
  • copia autorizada del mismo, y acreditar la calidad de propietario o usufructuario del arrendador en la forma señalada en el párrafo anterior.
  • En otras situaciones deberá exhibirse la autorización otorgada ante notario u oficial del Registro Civil (cuando no exista notario), del propietario, arrendatario o usufructuario para que el contribuyente que da aviso de Inicio de Actividades realice la explotación de la pertenencia.
  • Los profesionales que inicien actividades de su profesión:
  • Título profesional o un certificado de título, entregado por el organismo correspondiente, reconocido por el Estado. Cuando la profesión aparezca en la Cédula de Identidad, bastará su sola presentación.
  • El funcionario procederá a registrar la huella dactilar, del dedo pulgar derecho, de quien realiza el trámite.
  • A falta de dicho dedo, se registrará la huella de otro dedo, dejándose constancia del dedo correspondiente.
  • Si la persona se encontrara impedida físicamente para realizar dicha acción, se dejará constancia de este hecho en el respectivo formulario, estampando firma y timbre de la jefatura a cargo.
emprendedor sii

INICIACION DE ACTIVIDADES POR INTERNET

 

Profesionales liberales deben acreditar su titulo

¿Qué necesito para iniciar actividades online?

Para ello, debes contar con:

  • Clave de autentificación ante el SII o clave única.
  • Ser el socio o el representante de la Persona Jurídica, salvo para las EIRL donde el solicitante es la empresa
  • Ser mayor de edad
  • Contar con RUT (Rol Único Tributario). Los nacionales lo tiene por el solo hecho de contar con RUN (Rol Único Nacional).
  • Tratándose de extranjeros, cabe recordar que deben contar con

    a)  Cédula de Identidad de Extranjero obtenida en Chile.

         b)  Visa de residencia que le permita iniciar negocios o labores en el país, susceptibles de producir rentas de Primera o Segunda Categoría de la Ley de la Renta.

        c)   Haber sido incorporado en las bases de datos del SII.

         d)   Clave secreta.

Una vez obtenida la clave secreta podrá Iniciar Actividades de segunda categoría vía Internet. Si se trata de actividades de 1ra y 2da categoría, solo puede realizarlo en Oficinas de SII correspondiente a su domicilio presentando el Formulario 4415.

PASOS PARA EL INICIO DE ACTIVIDADES ONLINE

 

Paso 1

ingresa al sitio sii

Debes ingresar a la siguiente página web

http://homer.sii.cl/.

Allí encontrarás en la parte superior derecha un menú con 4 opciones.

Pincha donde dice “Servicios Online” y se desplegará un menú hacia abajo con varias opciones.

Selecciona “RUT e inicio de actividades”.

Paso 2

segundo paso para inicio de actividades

Se abrirá una nueva página donde tendrás tres opciones.

Selecciona “inicio de actividades”

Paso 3

opciones de inicio de actividades

Dentro de esta nueva página encontrarás otras tres opciones.

Selecciona la primera.

Paso 4

ingresa al sitio sii con tu clave

Te aparecerá la opción para ingresar con tu RUT y tu clave. Ingrésala.

Si no tienes, puedes obtenerla aquí.

https://www4.sii.cl/coreautcntrui/obtenerClave.html#/ingresoObtenerClave

El sistema también te permite hacer el trámite con tu clave única.

Si no lo tienes, debes acercarte a la oficina del Registro Civil o IPS/Chile Atiende más cercana y pedir tu código de activación.

Una vez que lo obtengas, actívala aquí.

https://claveunica.gob.cl/activar

Paso 5

ingreso a sitio iniciacion de actividades

Ingresa el RUT de la persona natural o jurídica que iniciará actividades.

Paso 6

declaración jurada para inicio de actividades

Al ingresar, te encontrarás con una serie de datos que no podrás cambiar, a lo menos en esta sección.

Presiona en “Continuar”.

Paso 7

iniciacion de actividades por internet

Aquí debes llenar el campo que indica “Ingrese descripción de las actividades que desarrollará”

Luego, deberás seleccionar las distintas clases de documentos tributarios que utilizarás, dependiendo de tu actividad.

Al respecto, ten presente que:

  • Las personas naturales podrán incluir actividades de primera y segunda categoría. Si se incluye de primera, estarán obligadas a informar capital inicial, sección que se encuentra al final del formulario.
  • Las sociedades limitadas pueden optar entre primera o segunda categoría, de manera excluyente. Es decir, pueden elegir una u otra, pero no las dos.

Paso 8

eleccion actividades ante sii

Una vez que hayas seleccionado el documento tributario, deberás presionar el botón “Seleccionar Actividades”, luego de lo cual se desplegará una lista de códigos acorde a su elección, desde la cual deberás seleccionar las actividades que realizarás.

Si no está la actividad precisa que realizas, selecciona la que más se le acerque.

Puedes agregar hasta 5 actividades.

Paso 9

llenado formulario inicio actividades

A continuación, se desplegará la pestaña “Direcciones” donde podrás elegir los siguientes tipos de direcciones:

Dirección postal

direccion postal sii

Dirección Urbana

direccion urbana sii

Ten en cuenta que el sistema te pedirá que adjuntes el documento que acredita la posesión, dominio o tenencia del inmueble donde funcionará tu negocio.

Para acreditar el dominio deberás adjuntar un certificado de dominio vigente del inmueble que puedes obtener en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

Tratándose de arriendo, deberás acompañar el contrato, que puede ser simple o notarial. Todo ello conforme detallamos en extenso en la página 4, en el acápite de “Acreditación del domicilio ante el SII”.

Presiona “Continuar”.

Paso 10

inicio de actividades en sitio sii.cl

Aquí podrás revisar toda la información ingresada, y volver atrás si lo necesitas para modificar algún dato.

Si estás conforme, deberás clicar en la pestaña de aceptación de responsabilidad por lo declarado, que se ubica al final del formulario.

Presiona luego “efectuar inicio de actividades”

Paso final

culiminación inicio actividades sii

Se desplegará al final del proceso un certificado de Inicio de Actividades, que se descarga automáticamente, en formato PDF, y que también puedes volver a descargar desde:

– Menú Registro de contribuyentes, sección Inicio de actividades, Consultar Inicios de Actividad realizados en Internet, opción “Inicios realizados desde 01-07-2016”.

– Asimismo, te llegará un correo electrónico con el certificado.

Y eso es todo.

Así de fácil es iniciar actividades por internet.

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