como iniciar actividades ante el sii

Cómo iniciar actividades ante el SII (guía 2026)

Actualizado en octubre de 2026. El inicio de actividades es el aviso que se da al Servicio de Impuestos Internos (SII) de que comenzarás a desarrollar una actividad que genera impuestos. Sin él no puedes emitir facturas ni boletas, y desde 2026 tampoco acceder a varios créditos, plataformas de venta y beneficios del Estado. Aquí explicamos quién debe hacerlo, en qué plazo y cómo hacerlo en línea.

¿Qué es el inicio de actividades?

Es una declaración jurada que exige el artículo 68 del Código Tributario a toda persona natural o jurídica que inicie un negocio o labor que pueda producir rentas afectas a impuesto. En ella informas tu giro o actividad económica, tu domicilio, el capital inicial y el régimen tributario en que quedarás.

¿Cuál es el plazo para iniciar actividades?

Debes dar el aviso dentro de los dos meses siguientes al primer acto u operación que genere impuestos, sin importar cuándo se constituyó la sociedad. Por ejemplo, si comenzaste a vender el 12 de marzo, el plazo vence el 31 de mayo.

¿Qué pasa si lo hago fuera de plazo?

Igual puedes y debes hacerlo, pero el SII puede aplicar una multa de entre 1 UTM y 1 UTA (artículo 97 N°1 del Código Tributario). Además, mientras no inicies actividades no podrás emitir documentos tributarios, lo que en la práctica impide vender a otras empresas.

¿Por qué es más importante desde 2026?

La Ley N° 21.713, de cumplimiento de las obligaciones tributarias, obliga a marketplaces, administradores de medios de pago electrónicos, bancos, municipios y organismos del Estado a exigir que sus usuarios o beneficiarios con actividad comercial tengan inicio de actividades. El SII postergó la exigencia hasta el 2 de enero de 2026, así que hoy vender en plataformas, recibir pagos electrónicos como comercio u obtener créditos y fondos públicos supone estar formalizado.

¿Cómo se puede iniciar actividades?

  • En línea en sii.cl: es la vía habitual para personas naturales y para la mayoría de las empresas.
  • En el Registro de Empresas y Sociedades: si constituyes tu empresa allí, puedes hacer el inicio de actividades en el mismo proceso.
  • En una oficina del SII: cuando el trámite en línea no está disponible para tu caso, por ejemplo algunas sociedades constituidas por escritura pública o contribuyentes extranjeros sin clave tributaria.

Requisitos para hacerlo en línea

  • Clave tributaria del SII o ClaveÚnica del contribuyente (y, en el caso de una empresa, de su representante legal).
  • Domicilio donde se desarrollará la actividad y antecedentes que lo acrediten, como un contrato de arriendo, una autorización de uso o la propiedad del inmueble.
  • Tener claro el giro o actividad económica que desarrollarás.
  • En el caso de sociedades, el RUT de la empresa y sus datos de constitución.

Paso a paso en sii.cl

  1. Ingresa a sii.cl y entra a Servicios online, sección RUT e Inicio de actividades.
  2. Elige la opción de inicio de actividades para persona natural o para persona jurídica, según corresponda, y autentícate.
  3. Revisa y completa tus datos de identificación y de contacto.
  4. Declara el domicilio de la actividad y adjunta los antecedentes que lo acreditan.
  5. Selecciona las actividades económicas de tu giro.
  6. Indica el capital inicial y elige el régimen tributario (Pro Pyme General, Pro Pyme Transparente u otro).
  7. Revisa el resumen, confirma y guarda el comprobante.

Después el SII puede verificar tu actividad. Mientras esa verificación esté pendiente, puedes tener restricciones para emitir algunos documentos tributarios. Si tienes dudas sobre qué régimen elegir, revisa nuestra guía sobre regímenes tributarios de empresas y pymes.

¿Y los extranjeros?

Los extranjeros también pueden iniciar actividades en Chile. Si no tienen cédula de identidad chilena, primero deben solicitar un RUT en el SII y, según su situación, acreditar domicilio y nombrar un representante. Si ya tienen cédula, el trámite es igual que para cualquier persona natural.

Si estás creando una empresa, revisa nuestra guía de pasos para crear una pyme o consúltanos sobre la constitución de tu empresa.


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